SESIÓN EXTRAORDINARIA

 

LUNES 25 DE JUNIO DE 2018

 

10:00 horas

 

ORDEN DEL DÍA

No se realizó por falta de Quórum.

 

*** Acta N° 50

 

1).- Mensaje N° 2.586 de la Cámara de Diputados, de fecha 26 de abril de 2018, por el cual remite la Resolución Nº 2918“Que acepta la objeción parcial formulada por el Poder Ejecutivo al Proyecto de Ley N° 6039 Que reglamenta el artículo 201 de la Constitución Nacional, de la Pérdida de la Investidura, y sanciona la parte no objetada(EX P. N°  18-5725).

 

Sanción Automática:                            lunes 25 de junio de 2018

 

:Obs: De acuerdo a la Ley Nº 2648/05, Que reglamenta los Artículos 192, 209 y 211 de la Constitución Nacional sobre plazos Legislativos, en su Artículo 2º.- Establécese el plazo de sesenta días corridos desde su ingreso, para que cada una de las Cámaras del Congreso se expidan sobre la objeción total o parcial que el Poder Ejecutivo formule a un proyecto de Ley, como lo estatuyen los Artículo 208 y 209 de la Constitución Nacional.  Si una de las Cámaras no se pronunciase sobre la objeción dentro del plazo estipulado, se entenderá que le ha prestado su aprobación a lo resuelto por la otra Cámara o el Poder Ejecutivo, en el caso de que sea la Cámara de origen la que no se pronuncie dentro del plazo señalado.

 

:Obs: Para la ratificación en la sanción inicial al proyecto de Ley, se requiere la mayoría absoluta de votos (23), de conformidad al Artículo 208 de la Constitución Nacional.

 

(Historial) Girado a las Comisiones de:

1).- Asuntos Constitucionales, Defensa Nacional y Fuerza Pública, que aconseja:

a) aceptar la objeción parcial formulada por el Poder Ejecutivo y sancionar la parte no objetada.

b) rechazar la objeción parcial formulada por el Poder Ejecutivo y no sancionar la parte no objetada.

2).- Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo, que aconseja aceptar la objeción parcial formulada por el Poder Ejecutivo y sancionar la parte no objetada.

 

2).- Mensaje N° 735 del Poder Ejecutivo, víaMinisterio de Hacienda, de fecha 16 de mayo de 2018, por el cual remite el Proyecto de Ley Que aprueba los Contratos de Préstamos suscritos entre la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), la Corporación Andina de Fomento (CAF) y el Banco Europeo de Inversiones (BEI), por un monto total de hasta doscientos cuarenta y cuatro millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$ 244.000.000), con sus correspondientes contratos de garantía del Estado Paraguayo, para el financiamiento del proyecto de mejoramiento del sistema de transmisión y de distribución de electricidad del Sistema Metropolitano de Paraguay – Fase II, y amplía el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2018, aprobado por Ley Nº 6.026 del 9 de enero de 2018”.(EXP. N° 18 -1437)

 

(Historial) Girado a las Comisiones de:

 1).- Hacienda y Presupuesto, que aconseja la aprobación.

2).- Cuentas y Control de la Administración Financiera del Estado.

 

 

Abg. Antonio Z. Sánchez O.

                                                                                                                                            Secretario General