SESIÓN ORDINARIA

JUEVES 15 DE MARZO DE 2018

 

09:00 horas

 

ORDEN DEL DÍA

 

*** Acta N° 39

*** Aprobado. 

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*** Moción de preferencia: Aprobado por el Pleno en sesión de fecha 8 de marzo de 2018, a solicitud del Senador Juan Darío Monges, a fin de incluir como primer punto del Orden del Dìa en la próxima sesión.

 

1).- Mensaje N° 2.560 de la Cámara de Diputados, de fecha 8 de marzo de 2018, por el cual remite el Proyecto de Ley Que reglamenta el artículo 201 de la Constitución Nacional, de la Pérdida de  Investidura”,  presentado por la Diputada Nacional Olga Ferreira de López y aprobado por la Cámara de Diputados en sesión de fecha 7 de marzo de 2018. (D - 1432290 - EX P. N° CD 18-5709).

 

Sanción Automática:                                    miércoles 6 de junio de 2018

 

: Origen: Cámara de Diputados: el Proyecto de Ley fue aprobado en sesión de fecha 7 de marzo de 2018 y remitido en virtud al Artículo 204 de la Constitución Nacional.

 

(Historial) Girado a las Comisiones de:

1).- Asuntos Constitucionales, Defensa Nacional y Fuerza Pública, que aconseja:

a).- la aprobación.

b).- el rechazo.

2).-Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo, que aconseja:

a).- la aprobación.

b).- el rechazo.

*** Sancionado, pasa al Poder Ejecutivo. 

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2).- Proyecto de Declaración Que declara de interés nacional el Concierto Folklórico mi República Suena”, presentado por el Senador Derlis Osorio.(EX P. N°  18-7784).

 

(Historial) Girado a la Comisión de:

1).- Peticiones, Poderes y Reglamentos.

*** Aprobado, se comunica a quienes corresponda. 

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2-a).- Proyecto de Declaración “Por la cual se declara de interés nacional la realización de la Edición XII Juegos Suramericanos Asunción 2022”, presentado por el Senador Arnoldo Wiens.

(EX P. N°  18-7774).

 

(Historial) Girado a la Comisión de:

1).- Peticiones, Poderes y Reglamentos.

*** Aprobado, se comunica a quienes corresponda. 

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2-b).- Proyecto de Declaración “Por la cual la Honorable Cámara de Senadores reconoce la relevante trayectoria de Don Marcelo Martinessi, por su invalorable aporte para la cultura y el reconocimiento internacional del Paraguay, a través de sus reconocidas obras cinematográficas, como a Doña Ana Brun por su destacada actuación en la galardonada película Las Herederas”, presentado por los senadores Esperanza Martínez,Carlos Filizzola, Sixto Pereira, Hugo Richer y Fernando Lugo.

(EX P. N°  18-7782).

 

(Historial) Girado a la Comisión de:

1).- Peticiones, Poderes y Reglamentos.

*** Aprobado, se comunica a quienes corresponda.

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2-c).- Proyecto de Declaración “Que declara de interés nacional la Hora del Planeta”, presentado por la Senadora Zulma Gómez.

 

(Historial) Girado a la Comisión de:

1).- Peticiones, Poderes y Reglamentos.

*** Aprobado, se comunica a quienes corresponda. 

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3).- Mensaje N° 2.453 de la Cámara de Diputados, de fecha 5 de octubre de 2017, por el cual remite el Proyecto de Ley Que concede Pensión Graciable al señor Genaro Benítez Bernal, presentado por los Diputados Nacionales Mario Soto y Clemente Barrios,aprobado por la Cámara de Diputados en sesión de fecha 27 de setiembre de 2017. (D - 1743149 - EX P. N° CD 17-5639).

 

Sanción Automática:                                    jueves 15 de marzo de 2018

 

: Origen: Cámara de Diputados: el Proyecto de Ley fue aprobado en sesión de fecha 27 de setiembre de 2017 y remitido en virtud al Artículo 204 de la Constitución Nacional.

 

(Historial) Girado a las Comisiones de:

1).- Hacienda y Presupuesto, que aconseja el rechazo.

2).-Cuentas y Control de la Administración Financiera del Estado.

*** Rechazo, vuelve a la Càmara de Diputados. 

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3-a).- Mensaje Nº 2.457 de la Cámara de Diputados, de fecha 5 de octubre de 2017, por el cual remite el Proyecto de Ley Que modifica la Ley N° 4355/11 ‘Que concede Pensión Graciable al niño Elías Manuel Cáceres Valdez”, presentado por el Diputado Nacional Oscar Tuma y aprobado por la Cámara de Diputados en sesión de fecha 4 de octubre de 2017.

(D - 1743737 - EX P. N° CD 17-5641)

 

 

Sanción Automática:                                    jueves 15 de marzo de 2018

                                                                                                                                                           

: Origen: Cámara de Diputados: el Proyecto de Ley fue aprobado en sesión de fecha 4 de octubre de 2017 y remitido en virtud al Artículo 204 de la Constitución Nacional.

 

(Historial) Girado a las Comisiones de:

1).- Hacienda y Presupuesto, que aconseja el rechazo.

2).-Cuentas y Control de la Administración Financiera del Estado, que aconseja la aprobación.

*** Sancionado, pasa al Poder Ejecutivo. 

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3-b).- Mensaje N° 2.454 de la Cámara de Diputados, de fecha 10 de octubre de 2017, por el cual remite el Proyecto de Ley Que concede Pensión Graciable a la menor Anabella Mailen Contessi Pico, presentado por los Diputados Nacionales Oscar Núñez y Enrique Mineur, aprobado por la Cámara de Diputados en sesión de fecha 27 de setiembre de 2017.

(D - 1744000 - EX P. N° CD 17-5644).

 

Sanción Automática:                            martes 20 de marzo de 2018

                                                                                                                                                           

: Origen: Cámara de Diputados: el Proyecto de Ley fue aprobado en sesión de fecha 27 de setiembre de 2017 y remitido en virtud al Artículo 204 de la Constitución Nacional.

 

(Historial) Girado a las Comisiones de:

1).- Hacienda y Presupuesto, que aconseja el rechazo.

2).-Cuentas y Control de la Administración Financiera del Estadoque aconseja el rechazo.

*** Rechazo, vuelve a la Càmara de Diputados.

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4).- Mensaje N° 2.481 de la Cámara de Diputados, de fecha 12 de octubre de 2017, por el cual remite el Proyecto de Ley Que crea la Comisión Nacional de puesta en valor y fomento de los sitios Históricos de la Guerra Guasú o Guerra de la Triple Alianza 1864 - 1870, presentado por los Diputados Nacionales Pedro Alliana y Ricardo González, aprobado por la Cámara de Diputados en sesión de fecha 4 de octubre de 2017. (D - 163991 - EX P. N° S-CD 17-5646).

Sanción Automática:                                    jueves 22 de marzo de 2018

                                                                                                                                                           

: Origen: Cámara de Diputados: el Proyecto de Ley fue aprobado en sesión de fecha 4 de octubre  de 2017 y remitido en virtud al Artículo 204 de la Constitución Nacional.

 

(Historial) Girado a las Comisiones de:

1).- Legislación, Codificación, Justicia y Trabajoque aconseja la aprobación.

2).- Cultura, Educación, Culto y Deportes.

*** Postergado.

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            5).- Mensaje Nº 2.458 de la Cámara de Diputados, de fecha 5 de octubre de 2017, por el cual remite el Proyecto de Ley Que declara en situación de Emergencia Nacional a los Departamentos de Cordillera, Caaguazú, Amambay y Alto Paraná”, presentado por varios Diputados Nacionales y aprobado por la Cámara de Diputados en sesión de fecha 4 de octubre de 2017. (EXP. N° 17-5642).

Sanción Automática:                                    jueves 15 de marzo de 2018

 

: Origen: Cámara de Diputados: el Proyecto de Ley fue aprobado en sesión de fecha 4 de octubre  de 2017 y remitido en virtud al Artículo 204 de la Constitución Nacional.

 

(Historial) Girado a las Comisiones de:

1).- Asuntos Constitucionales, Defensa Nacional y Fuerza Públicaque aconseja el rechazo.

2).- Hacienda y Presupuesto, que aconseja la aprobación.

3).-Cuentas y Control de la Administración Financiera del Estado, que aconseja la aprobación.

*** Rechazo, vuelve a la Càmara de Diputados. 

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            5-a).- Mensaje Nº 2.473 de la Cámara de Diputados, de fecha 12 de octubre de 2017, por el cual remite el Proyecto de Ley Que declara en situación de Emergencia al Departamento de Paraguarí, presentado por el Diputado Nacional Jorge Ávalos Mariño y aprobado por la Cámara de Diputados en sesión de fecha 11 de octubre de 2017.(EX P. N° S-CD 17-5645).

Sanción Automática:                                    jueves 22 de marzo de 2018

                                                                                                                                                           

: Origen: Cámara de Diputados: el Proyecto de Ley fue aprobado en sesión de fecha 11 de octubre  de 2017 y remitido en virtud al Artículo 204 de la Constitución Nacional.

 

(Historial) Girado a las Comisiones de:

1).-Asuntos Constitucionales, Defensa Nacional y Fuerza Públicaque aconseja el rechazo.

2).- Hacienda y Presupuesto, que aconseja la aprobación.

3).-Cuentas y Control de la Administración Financiera del Estado, que aconseja la aprobación.

*** Rechazo, vuelve a la Càmara de Diputados. 

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6).-Mensaje N° 2.482 de la Cámara de Diputados, de fecha 12 de octubre de 2017, por el cual remite el Proyecto de Ley Que desafecta del dominio público municipal y autoriza a la Municipalidad de Ciudad del Este, a transferir a título gratuito a favor de la Diócesis de Ciudad del Este, un inmueble individualizado como parte de la Finca N° 30895, ubicado en el km 8 Monday del citado municipio, asiento de la Capilla Virgen del Carmen”,presentado por el Diputado Nacional Ramón Romero Roa y aprobado por la Cámara de Diputados en sesión de fecha 4 de octubre de 2017.

(D-1743898 -EX P. N° 17-5647).

Sanción Automática:                                     jueves 22 de marzo de 2018

                                                                                                                                                           

: Origen: Cámara de Diputados: el Proyecto de Ley fue aprobado en sesión de fecha 4 de octubre  de 2017 y remitido en virtud al Artículo 204 de la Constitución Nacional.

 

(Historial) Girado a la Comisión de:

1).- Asuntos Departamentales, Municipales, Distritales y Regionales, que aconseja la aprobación.

 

*** Sancionado, pasa al Poder Ejecutivo. 

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 6-a).-Mensaje N° 2.468 de la Cámara de Diputados, de fecha 17 de octubre de 2017, por el cual remite el Proyecto de Ley Que desafecta del dominio público municipal y autoriza a la Municipalidad de Capitán Miranda, a transferir a título gratuito a favor del Estado Paraguayo – Ministerio de Educación y Ciencias, un inmueble individualizado como parte de la Matrícula N° H07/3283, ubicado en el Barrio Mburucuja del citado municipio, asiento de la Escuela Básica N° 8008 ‘Luz y Esperanza”, presentado por el Diputado Nacional Walter Harms Céspedes, aprobado por la Cámara de Diputados en sesión de fecha 4 de octubre de 2017.(D.- 1744930 - EX P. N° S-CD 17-5650).

Sanción Automática:                                    martes 27 de marzo de 2018

                                                                                                                                                           

: Origen: Cámara de Diputados: el Proyecto de Ley fue aprobado en sesión de fecha 4 de octubre  de 2017 y remitido en virtud al Artículo 204 de la Constitución Nacional.

 

(Historial) Girado a la Comisión de:

1).- Asuntos Departamentales, Municipales, Distritales y Regionales, que aconseja la aprobación.

*** Sancionado, pasa al Poder Ejecutivo.

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            6-b).- Mensaje N° 2.467 de la Cámara de Diputados, de fecha 17 de octubre de 2017, por el cual remite el Proyecto de Ley Que desafecta del dominio público municipal y autoriza a la Municipalidad de Capitán Miranda, a transferir a título gratuito a favor del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN), parte del inmueble individualizado como Finca N° 1801 del Distrito de Capitán Miranda, Departamento Itapúa, presentado por el Diputado Nacional Walter Harms Céspedes y aprobado por la Cámara de Diputados en sesión de fecha 4 de octubre de 2017.

(D - 1744931 - EX P. N° S-CD 17-5649).

 

Sanción Automática:                                    martes 27 de marzo de 2018

                                                                                                                                                           

: Origen: Cámara de Diputados: el Proyecto de Ley fue aprobado en sesión de fecha 4 de octubre  de 2017 y remitido en virtud al Artículo 204 de la Constitución Nacional.

 

(Historial) Girado a la Comisión de:

1).- Asuntos Departamentales, Municipales, Distritales y Regionalesque aconseja la aprobación.

*** Sancionado, pasa al Poder Ejecutivo. 

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7).- Mensaje N° 3.599 de la Cámara de Diputados, de fecha 7 de noviembre de 2017, por el cual remite la Resolución Nº 5139: Que da por aceptada la objeción total formulada por el Poder Ejecutivo al Proyecto de Ley N° 5864 Que crea la oficina de antecedentes penales y establece la cancelación de oficio de los antecedentes penales”.(D.-1639009 - EX P. N° S-CD 17-5672).

Sanción Automática:                            domingo 18 de marzo de 2018

 

:Obs: De acuerdo a la Ley Nº 2648/05, Que reglamenta los Artículos 192, 209 y 211 de la Constitución Nacional sobre plazos Legislativos, en su Artículo 2º.- Establécese el plazo de sesenta días corridos desde su ingreso, para que cada una de las Cámaras del Congreso se expidan sobre la objeción total o parcial que el Poder Ejecutivo formule a un proyecto de Ley, como lo estatuyen los Artículo 208 y 209 de la Constitución Nacional.  Si una de las Cámaras no se pronunciase sobre la objeción dentro del plazo estipulado, se entenderá que le ha prestado su aprobación a lo resuelto por la otra Cámara o el Poder Ejecutivo, en el caso de que sea la Cámara de origen la que no se pronuncie dentro del plazo señalado.

 

:Obs: Para la ratificación en la sanción inicial al proyecto de Ley, se requiere la mayoría absoluta de votos (23), de conformidad al Artículo 209 de la Constitución Nacional.

 

(Historial) Girado a las Comisiones de:

1).- Asuntos Constitucionales, Defensa Nacional y Fuerza Pública.

2).- Legislación, Codificación, Justicia y Trabajoque aconseja aceptar la objeción total formulada por el Poder Ejecutivo.

*** Se acepta la objeciòn total formulada por el Poder Ejecutivo, pasa al archivo.

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            7-a).- Mensaje N° 2.535 de la Cámara de la Diputados, de fecha 30 de noviembre de 2017, por el cual remite la Resolución N° 2881: Que acepta la Objeción Total Formulada por el Poder Ejecutivo al Proyecto de Ley N° 5883 Que regula la Activación del Servicio de Telefonía Móvil.

(D - 1537883 - EX P. N° CD 17-5695).

 

Sanción Automática:                                    martes 10 de abril de 2018

                                                                                                                                                           

 

 

:Obs:De acuerdo a la Ley Nº 2648/05, Que reglamenta los Artículos 192, 209 y 211 de la Constitución Nacional sobre plazos Legislativos, en su Artículo 2º.-Establécese el plazo de sesenta días corridos desde su ingreso, para que cada una de las Cámaras del Congreso se expidan sobre la objeción total o parcial que el Poder Ejecutivo formule a un proyecto de Ley, como lo estatuyen los Artículo 208 y 209 de la Constitución Nacional.  Si una de las Cámaras no se pronunciase sobre la objeción dentro del plazo estipulado, se entenderá que le ha prestado su aprobación a lo resuelto por la otra Cámara o el Poder Ejecutivo, en el caso de que sea la Cámara de origen la que no se pronuncie dentro del plazo señalado.

 

:Obs: Para la ratificación en la sanción inicial al proyecto de Ley, se requiere la mayoría absoluta de votos (23), de conformidad al Artículo 209 de la Constitución Nacional.

 

(Historial) Girado a las Comisiones de:

1).- Asuntos Constitucionales, Defensa Nacional y Fuerza Públicaque aconseja aceptar la objeción total formulada por el Poder Ejecutivo.

2).- Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo, que aconseja aceptar la objeción total formulada por el Poder Ejecutivo.

3).- Obras Públicas y Comunicacionesque aconseja aceptar la objeción total formulada por el Poder Ejecutivo.

4).- Industria, Comercio y Turismoque aconseja aceptar la objeción total formulada por el Poder Ejecutivo.

*** Se acepta la objeciòn total formulada por el Poder Ejecutivo, pasa al archivo.

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            8).- Mensaje Nº 704 del Poder Ejecutivo, vía Ministerio de Relaciones Exteriores, de fecha 30 de noviembre de 2017, por el cual remite el “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Paraguay y el Gobierno de la Federación de Rusia sobre la cooperación en el campo del uso pacífico de la energía nuclear”, suscrito en la ciudad de Viena, República de Austria, el 19 de setiembre de 2017.

(EXP. N° SPE-17-1415)

 

(Historial) Girado a las Comisiones de:

1).-Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo, que aconseja la aprobación.

2).-Relaciones Exteriores y Asuntos Internacionales,que aconseja la aprobación.

3).- Energía, Recursos Naturales, Población, Ambiente, Producción y Desarrollo Sostenible, que aconseja la aprobación.

*** Aprobado, pasa a la Càmara de Diputados. 

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            8-a).- Mensaje Nº 222 del Poder Ejecutivo, vía Ministerio de Relaciones Exteriores, de fecha 13 de enero de 2015, por el cual remite el Convenio de Intercambio Cultural entre el Gobierno de la República del Paraguay y el Gobierno de la República de Chile”,suscrito en la ciudad de Santiago, el 30 de agosto de 2005 y las“Notas Reversales (N.R.Nº. 5/14) entre la República del Paraguay y la República de Chile, que establece la modificación del Artículo XVII, del Convenio de Intercambio Cultural del 30 de agosto de 2005, firmadas en Asunción, el 16 de octubre de 2014. (EXP. N° S-PE 15 -1156).

                                    

(Historial) Girado a las Comisiones de:

1).-Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo, que aconseja la aprobación.

2).-Relaciones Exteriores y Asuntos Internacionales, que aconseja la aprobación.

3).- Cultura, Educación, Culto y Deportes, que aconseja la aprobación.

 

 

*** Aprobado, pasa a la Càmara de Diputados. 

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8-b).- Mensaje Nº 705 del Poder Ejecutivo, vía Ministerio de Relaciones Exteriores, de fecha 30 de noviembre de 2017, por el cual remite el “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Paraguay y el Gobierno de la República de China (Taiwán) sobre la supresión de la exigencia de la doble legalización de los documentos públicos extranjeros”, suscrito en la ciudad de Taipéi, República de China (Taiwán), el 12 de julio de 2017.(EXP. N° SPE-171413)

 

(Historial) Girado a las Comisiones de:

1).-Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo, que aconseja la aprobación.

2).-Relaciones Exteriores y Asuntos Internacionalesque aconseja la aprobación.

*** Aprobado, pasa a la Càmara de Diputados. 

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8-c).- Mensaje Nº 223 del Poder Ejecutivo, vía Ministerio de Relaciones Exteriores, de fecha 13 de enero de 2015, por el cual remite el Reglamento de las Telecomunicaciones Internacionales (RTI)”, adoptado durante la Conferencia Mundial de Telecomunicaciones Internacionales, realizado en la ciudad de Dubái, el 14 de diciembre de 2012.(EXP. N° S-PE 15 -1157).

 

(Historial) Girado a las Comisiones de:

1).-Legislación, Codificación, Justicia y Trabajoque aconseja la aprobación.

2).-Relaciones Exteriores y Asuntos Internacionales, que aconseja la aprobación.

3).-Obras Públicas y Comunicaciones, que aconseja la aprobación.

*** Aprobado, pasa a la Càmara de Diputados. 

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8-d).-Mensaje Nº 237 del Poder Ejecutivo, vía Ministerio de Relaciones Exteriores, de fecha 23 de marzo de 2015, por el cual remite la “Enmienda al Artículo 8° de la Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de Discriminación Racial, adoptada en Nueva York, el 15 de enero de 1992.(EXP. N° S-PE 15 -1165).

 

(Historial) Girado a las Comisiones de:

1).-Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo, que aconseja la aprobación.

2).-Relaciones Exteriores y Asuntos Internacionales, que aconseja la aprobación.

3).- Derechos Humanos, que aconseja la aprobación.

4).- Equidad y Género, que aconseja la aprobación.

*** Aprobado, pasa a la Càmara de Diputados. 

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8-e).- Mensaje N° 241 del Poder Ejecutivo, vía Ministerio de Relaciones Exteriores, de fecha 30 de marzo de 2015, por el cual remite elProtocolo modificatorio del Protocolo de Olivos para la Solución de Controversias en el Mercosur,firmado en la ciudad de Rio de Janeiro, el 19 de enero de 2007.

(EXP. N° S-PE 15 -1169).

 

(Historial) Girado a las Comisiones de:

1).-Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo, que aconseja la aprobación.

2).-Relaciones Exteriores y Asuntos Internacionales, que aconseja la aprobación.

*** Aprobado, pasa a la Càmara de Diputados. 

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8-f).- MensajeNº 268 del Poder Ejecutivo, vía Ministerio de Relaciones Exteriores, de fecha de 26 de junio de 2015, por el cual remite el Acuerdo Marco de Comercio y Cooperación Económica entre el Mercosur y la República Tunecina, firmado en Paraná, Argentina, el 16 de noviembre de 2014.

(EXP. N° S-PE 15 -1187).

 

(Historial) Girado a las Comisiones de:

1).-Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo, que aconseja la aprobación.

2).-Relaciones Exteriores y Asuntos Internacionales, que aconseja la aprobación.

3).- Economía, Cooperativismo, Desarrollo e Integración Económica Latinoamericana, que aconseja la aprobación.

4).-Industria, Comercio y Turismo, que aconseja la aprobación.

 

 

*** Aprobado, pasa a la Càmara de Diputados. 

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8-g).- Mensaje N° 317 del Poder Ejecutivo, vía Ministerio de Relaciones Exteriores, de fecha 17 de setiembre de 2015, por el cual remite el Convenio entre el Gobierno de la República del Paraguay y el Reino de España sobre Cooperación en Materia de Seguridad Ciudadana, suscrito en Madrid, el 9 de junio de 2015. (EXP. N° S-PE 15 -1218).

 

(Historial) Girado a las Comisiones de:

1).-Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo, que aconseja la aprobación.

2).-Relaciones Exteriores y Asuntos Internacionales, que aconseja la aprobación.

3).- Derechos Humanos, que aconseja la aprobación.

4).-Prevención y Lucha Contra el Narcotráfico y Delitos Conexos, que aconseja la aprobación.

5).- Desarrollo Social, que aconseja la aprobación.

*** Aprobado, pasa a la Càmara de Diputados. 

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   9).- Mensaje N° 702 del Poder Ejecutivo, vía Ministerio del Interior, de fecha 14 de noviembre de 2017, por el cual remite el Decreto N° 8069 “Por el cual se objeta totalmente el Proyecto de Ley N° 5971/2017,“Que modifica los artículos 222, 230, 233, 234 y 323 de la Ley Nº 834/1996 “Que establece el Código Electoral Paraguayo” (Las operaciones de escrutinio).(EXP. N° S-PE 17 -1411).

Sanción Automática:                            viernes 23 de marzo de 2018

 

:Obs: De acuerdo a la Ley Nº 2648/05, Que reglamenta los Artículos 192, 209 y 211 de la Constitución Nacional sobre plazos Legislativos, en su Artículo 2º.- Establécese el plazo de sesenta días corridos desde su ingreso, para que cada una de las Cámaras del Congreso se expidan sobre la objeción total o parcial que el Poder Ejecutivo formule a un proyecto de Ley, como lo estatuyen los Artículo 208 y 209 de la Constitución Nacional.  Si una de las Cámaras no se pronunciase sobre la objeción dentro del plazo estipulado, se entenderá que le ha prestado su aprobación a lo resuelto por la otra Cámara o el Poder Ejecutivo, en el caso de que sea la Cámara de origen la que no se pronuncie dentro del plazo señalado.

 

:Obs: Para la ratificación en la sanción inicial al proyecto de Ley, se requiere la mayoría absoluta de votos (23), de conformidad al Artículo 209 de la Constitución Nacional.

 

(Historial) Girado a las Comisiones de:

1).- Asuntos Constitucionales, Defensa Nacional y Fuerza Pública, que aconseja:

a).- aceptar la objeción total formulada por el Poder Ejecutivo.

b).- rechazar la objeción total formulada por el Poder Ejecutivo.

2).- Legislación, Codificación, Justicia y Trabajoque aconseja aceptar la objeción total formulada por el Poder Ejecutivo.

*** Postergado. 

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10).- Mensaje N° 2.483 de la Cámara de Diputados, de fecha 17 de octubre de 2017, por el cual remite el Proyecto de Ley Que declara área Silvestre Protegida al Estero Yetyty, que abarca parte de los Distritos de Choré, General ElizardoAquino, San Pablo y Villa del Rosario, Departamento San Pedro, presentado por varios Diputados Nacionales y aprobado por la Cámara de Diputados en sesión de fecha 4 de octubre de 2017. (D - 1744589 - EX P. N° S-CD 17-5654).

 

Sanción Automática:                                    martes 27 de marzo de 2018

                                                                                                                                                           

: Origen: Cámara de Diputados: el Proyecto de Ley fue aprobado en sesión de fecha 4 de octubre  de 2017 y remitido en virtud al Artículo 204 de la Constitución Nacional.

 

(Historial) Girado a las Comisiones de:

1).- Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo.

2).- Asuntos Departamentales, Municipales, Distritales y Regionales.

3).- Energía, Recursos Naturales, Población, Ambiente, Producción y Desarrollo Sostenible.

 

 

*** Postergado.

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11).-Mensaje N° 2.478 de la Cámara de Diputados, de fecha 17 de octubre de 2017, por el cual remite el Proyecto de Ley Que amplía el Presupuesto General de la Nación, aprobado por Ley N° 5554, del 5 de enero de 2016 ‘Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2016’, vigente para el Ejercicio Fiscal 2017, Universidad Nacional de Asunción, presentado por el Diputado Nacional Héctor Lesmey aprobado por la Cámara de Diputados en sesión de fecha 4 de octubre de 2017. (D - 1744588 - EX P. N° CD 17-5651).

 

Sanción Automática:                                    martes 27 de marzo de 2018

                                                                                                                                                           

: Origen: Cámara de Diputados: el Proyecto de Ley fue aprobado en sesión de fecha 4 de noviembre de 2017 y remitido en virtud al Artículo 204 de la Constitución Nacional.

 

(Historial) Girado a las Comisiones de:

1).- Hacienda y Presupuesto, que aconseja el rechazo.

2).-Cuentas y Control de la Administración Financiera del Estado.

*** Rechazo, vuelve a la Càmara de Diputados. 

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            11-a).- Mensaje N° 2.545 de la Cámara de Diputados, de fecha 7 de diciembre de 2017, por el cual remite la Resolución N° 2892:Que acepta la Objeción Total Formulada por el Poder Ejecutivo al Proyecto de Ley N° 5894 Que amplía el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2017, aprobado por Ley Nº 5554, de fecha 5 de enero de 2016, vigente para el Ejercicio Fiscal 2017 ´Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2016’ - Defensoría del Pueblo.

(D - 1743481 - EX P. N° CD 17-5700).

 

Sanción Automática:                                    martes 17 de abril de 2018

                                                                                                                                                           

 

 

:Obs:De acuerdo a la Ley Nº 2648/05, Que reglamenta los Artículos 192, 209 y 211 de la Constitución Nacional sobre plazos Legislativos, en su Artículo 2º.-Establécese el plazo de sesenta días corridos desde su ingreso, para que cada una de las Cámaras del Congreso se expidan sobre la objeción total o parcial que el Poder Ejecutivo formule a un proyecto de Ley, como lo estatuyen los Artículo 208 y 209 de la Constitución Nacional.  Si una de las Cámaras no se pronunciase sobre la objeción dentro del plazo estipulado, se entenderá que le ha prestado su aprobación a lo resuelto por la otra Cámara o el Poder Ejecutivo, en el caso de que sea la Cámara de origen la que no se pronuncie dentro del plazo señalado.

 

:Obs: Para la ratificación en la sanción inicial al proyecto de Ley, se requiere la mayoría absoluta de votos (23), de conformidad al Artículo 209 de la Constitución Nacional.

 

(Historial) Girado a las Comisiones de:

1).- Asuntos Constitucionales, Defensa Nacional y Fuerza Públicaque aconseja aceptar la objeción total del Poder Ejecutivo.

2).- Hacienda y Presupuesto, que aconseja aceptar la objeción total del Poder Ejecutivo.

3).-Cuentas y Control de la Administración Financiera del Estadoque aconseja aceptar la objeción total del Poder Ejecutivo.

*** Se acepta la objeciòn total formulada por el Poder Ejecutivo, pasa al archivo.

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11-b).- Mensaje N° 2.523 de la Cámara de Diputados, de fecha 23 de noviembre de 2017, por el cual remite el Proyecto de Ley Que modifica el Presupuesto General de la Nación, aprobado por Ley N° 5554, del 5 de enero de 2016, vigente para el ejercicio fiscal 2017, Dirección Nacional de Aduanas.Remitido por el  Poder Ejecutivosegún Mensaje N° 662 y aprobado por la Cámara de Diputados en sesión de fecha 15 de noviembre de 2017.(D - 1745250 - EX P. N° CD 17-5685).

 

Sanción Automática:                                    jueves 3 de mayo de 2018

                                                                                                                                                           

: Origen: Cámara de Diputados: el Proyecto de Ley fue aprobado en sesión de fecha 15 de noviembre de 2017 y remitido en virtud al Artículo 204 de la Constitución Nacional.

 

(Historial) Girado a las Comisiones de:

1).- Hacienda y Presupuesto, que aconseja el rechazo.

2).-Cuentas y Control de la Administración Financiera del Estado, que aconseja la aprobación.

*** Rechazo, vuelve a la Càmara de Diputados. 

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                                                                                                                           Abg. Antonio Z. Sánchez O.

                                                                                                                                          Secretario General